Suben el mínimo de Ganancias: desde cuándo rige y qué pasa con el aguinaldo

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De esta manera, el Gobierno busca mantener el universo de más de 1,2 millones de personas alcanzadas por el piso de ganancias.

Con esta suba, los trabajadores que perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no pagarán el impuesto. Se incrementa el piso de $ 150.000 y el umbral de $ 173.000 a $ 175.000 y $ 203.000, respectivamente.

Los trabajadores alcanzados por ese «umbral» abonarán el impuesto pero pagarán una escala reducida.

La medida anunciada este miércoles también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a aquellos trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $ 175.000. Mediante esta actualización, el 1.267.000 de personas que dejaron de pagar el Impuesto a las Ganancias cuando se aprobó la ley en abril seguirán sin pagar el gravamen.

La nueva actualización permitirá que el aumento de las paritarias no afecte el alivio fiscal impulsado por el Gobierno ya sólo seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores.

Se aclaró que la modificación del piso salarial del impuesto no modifica el mínimo no imponible y las escalas para quienes deben abonarlo, ya que esos puntos se actualizan por ley. Según anticiparon desde el Gobierno, el mínimo no imponible del impuesto, todas las deducciones y las escalas del gravamen volverán a actualizarse «a partir del 1° de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios».

Al momento de redactarse el proyecto de Ganancias, en enero, la pauta inflacionaria era del 29% y las paritarias acordaban aumentos del 30/31%. Sin embargo, la inflación real se proyecta a más del 45% y las paritarias revisaron hacia arriba las escalas anteriores y los nuevos convenios arrancaron con incrementos de más del 40%. Justamente,por esa razón, el piso salarial de $ 150.000 quedaba atrasado.

La actualización implica un aumento del 16,7% y por la demora en la implementación es muy difícil que los empleadores puedan aplicarla al pago de salarios de septiembre ya están liquidando los sueldos. Por eso, el beneficio impactaría recién en los recibos de octubre, en consecuencia recién se vería en noviembre.

Una situación similar ocurrió cuando se aprobó el piso salarial de $ 150.000. Originalmente, el proyecto de ley preveía aplicarlo sobre los sueldos de abril. Pero la ley fue reglamentada el 25 de mayo y las normas de AFIP se publicaron el 15 de junio.

Por esas demoras, en la mayoría de los casos, el nuevo piso y la devolución de las primeras cuotas por lo retenido desde enero en adelante recién se pudieron aplicar sobre los sueldos de julio y agosto, que se percibieron hasta los primeros días de agosto y septiembre.

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