La Corte Suprema de Justicia ha confirmado la condena de diezaños de prisión impuesta a Pedro Müller, ex gerente de Manufactura de Ford Motor Argentina, por su participación necesaria en delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar en el país.
La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos del juez Horacio Rosatti y los conjueces Fernando Poviña y Juan Ignacio Pérez Curci, quienes rechazaron el recurso de la defensa de Müller. Este ex directivo fue hallado responsable de los secuestros y torturas de 24 trabajadores de la planta automotriz en 1976.
El tribunal que lo juzgó había decidido que Müller no fuera detenido hasta que la condena quedara firme. En su dictamen, la mayoría argumentó que la defensa no logró cuestionar la condena en base a pruebas concretas, que evidencian la relevancia del acusado dentro de la empresa y su control efectivo sobre la planta donde ocurrieron los crímenes.
La causa judicial se inició en 2003 y en 2018 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de San Martín determinó la culpabilidad de Müller por privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos agravados. Los delitos fueron calificados como crímenes de lesa humanidad.
El fallo también recordó que, antes del 24 de marzo de 1976, Ford había solicitado mayores medidas de seguridad, lo que llevó a que Gendarmería y el Ejército se instalaran en la planta hasta 1977. Se probó que 17 de los 24 trabajadores fueron secuestrados en sus puestos de trabajo, y que algunos de ellos fueron torturados en instalaciones de la propia fábrica.
Además, se constató que autoridades de Ford proporcionaron información sobre los trabajadores secuestrados y elaboraron listas para su identificación. La sentencia destacó que Müller tuvo un papel activo en la facilitación de la localización y detención de las víctimas.
En disidencia, el juez Carlos Rosenkrantz opinó que debía hacerse lugar al recurso de la defensa y anular la condena, argumentando que la culpabilidad de Müller no estaba probada más allá de toda duda razonable. Según su criterio, no se había presentado evidencia suficiente que lo ubicara en el momento de los hechos y que su rol estaba limitado a la producción de la planta.
Fuente: NA
