La Casación anula el cierre de una causa por excesos de Gendarmería en universidad chaqueña

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La Cámara Federal de Casación Penal ha tomado una decisión importante al anular el cierre de una causa que involucraba presuntos excesos de Gendarmería durante un operativo en la Universidad Nacional del Chaco Austral. Este fallo ordena una revisión exhaustiva de la denuncia presentada.

La resolución fue adoptada por la Sala I del tribunal, compuesta por los jueces Daniel Antonio Petrone, Diego G. Barroetaveña y Alejandro W. Slokar, quienes dieron lugar al recurso de casación interpuesto por la querella que representa a Germán Eduardo Oestmann, rector de la UNCAus.

Los hechos que dieron origen al caso se remontan al 9 de diciembre de 2024, cuando se realizó un operativo en las instalaciones de ISSUNCAUS, la obra social de la universidad, bajo una orden de presentación de documentación. Según la denuncia, el procedimiento fue ejecutado por efectivos armados de Gendarmería Nacional, quienes habrían actuado bajo instrucciones de la fiscalía. Durante la operación, se reportaron cierre de accesos, restricciones al ingreso y la imposibilidad de que abogadas de la institución y una escribana constataran la diligencia.

A pesar de que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia había confirmado la desestimación de la denuncia por falta de delito, la Cámara de Casación consideró que dicha decisión no cumplió con el requisito de motivación necesario y no respondió adecuadamente a los planteos de la querella.

En su voto, el juez Slokar argumentó que los fundamentos proporcionados por la Cámara de Apelaciones fueron insuficientes para justificar el archivo liminar de las actuaciones, indicando que era necesario al menos una mínima producción probatoria para esclarecer lo sucedido. Petrone también destacó que la desestimación en una etapa inicial del sumario limitó a la querella en su capacidad para impulsar el proceso y demostrar los extremos de su imputación.

Con esta resolución, el tribunal decidió hacer lugar al recurso, anular la decisión recurrida y devolver las actuaciones al tribunal de origen para que emita un nuevo pronunciamiento, sin costas.

Fuente: NA

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