La reciente ley SB 606, firmada por el gobernador Ron DeSantis, modifica varios aspectos relacionados con los negocios de alimentación y alojamiento en Florida. Esta normativa introduce nuevas reglas que afectan la información que los restaurantes deben proporcionar a sus clientes, con un enfoque en la transparencia de los costos.
Información Obligatoria para los Consumidores
A partir del 1° de julio, los restaurantes deben informar sobre los cargos adicionales que se aplican a las cuentas, como tarifas automáticas que no son impuestos. La ley define el término “cargo por operación”, que incluye:
Cargos de servicioPropinas automáticasRecargos por uso de tarjetasTarifas de entrega
Estos cargos deben ser comunicados al cliente antes de que realice la compra, ya sea a través de menús, plataformas digitales u otros avisos visibles.
Presentación Clara en los Recibos
La normativa también establece que el recibo debe desglosar los conceptos de manera clara. La propina, el cargo por operación y el impuesto sobre las ventas deben aparecer en líneas separadas. Esto permite que el consumidor identifique exactamente cuánto corresponde a cada ítem, evitando confusiones.
En caso de que se aplique una propina automática, esta también debe ser especificada de forma independiente dentro del recibo, garantizando la claridad en la facturación.
Sanciones por Incumplimiento
El cumplimiento de la SB 606 será supervisado por el Departamento de Regulación Comercial y Profesional de Florida (DBPR). Los restaurantes que no cumplan con estas disposiciones se enfrentarán a multas que oscilan entre 100 y 1000 dólares por cada infracción, además de posibles sanciones adicionales en casos de incumplimiento reiterado.
Las medidas incluyen la posibilidad de suspender o revocar la licencia comercial del establecimiento, lo que podría resultar en la colocación de un aviso de cierre en el local.
Derechos de los Consumidores
La SB 606 busca asegurar que los consumidores tengan un mejor entendimiento de los precios a pagar en los restaurantes. Sin embargo, es importante señalar que el incumplimiento de esta ley no da derecho a los consumidores a presentar demandas civiles contra los establecimientos. La responsabilidad de la aplicación de estas normas recae en el ámbito administrativo, bajo la supervisión del DBPR.
Adicionalmente, la ley incluye definiciones sobre ocupación transitoria y no transitoria en el sector de alojamiento, estableciendo condiciones específicas para diferentes tipos de hospedaje.
Fuente: La Nación
